PIDEN 10 AÑOS DE PRISIÓN PARA LOS DUEÑOS DE LA EMPRESA DEL BROTE DE LISTERIA DE SEVILLA

13 Octubre, 2022
Según recoge el escrito del Ministerio Público, los hechos constituyen un delito contra la salud pública, por imprudencia grave, con cuatro delitos de homicidio, siete de lesiones al feto y 235 de lesiones, además de otro de defraudación del fluido eléctrico y uno más de falsedad en documento oficial.

En concreto, la Fiscalía reclama para el administrador de hecho de Magrudis, sus dos hijos y su mujer cuatro años de prisión y una multa de 1.620 euros por el delito contra la salud pública, además de otros seis años de prisión y la inhabilitación para comerciar con productos cárnicos durante ocho años por el de homicidio por imprudencia grave.

La acusación pública, asimismo, pide para un arquitecto de la empresa un año y medio de prisión por falsedad documental.

En concepto de responsabilidad civil, los acusados -a excepción del arquitecto-, deberán indemnizar conjunta y solidariamente al Ayuntamiento de Sevilla en la cantidad de 141.040 euros y a la Junta de Andalucía en 800.000 euros por los gastos originados en ambas administraciones.

En cuanto al procesamiento de una veterinaria del Ayuntamiento de Sevilla, la Fiscalía no cree que su conducta constituya una imprudencia grave que determine su responsabilidad penal, aunque sí cree que deben generar responsabilidad de tipo civil para el Consistorio.

Sin embargo, el Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, que indaga el brote ha emitido un nuevo auto en el que deniega archivar las actuaciones respecto a la veterinaria municipal procesada.

Las actuaciones se iniciaron a raíz de los casos de intoxicaciones por listeria registrados en diferentes Comunidades Autónomas, causados por una bacteria denominada "Listeria monocytogenes" y asociada al consumo de carne mechada de la marca "La Mechá".

Los principales acusados, como responsables de Magrudis, sabían que estaban llevando a cabo un proceso de elaboración "con deficiencias sanitarias", y riesgo "grave o muy grave" para los posibles consumidores en caso de comercialización.

Al respecto, explica que no pusieron los hechos en conocimiento de las autoridades sanitarias, ni al Ayuntamiento de Sevilla ni a la Junta de Andalucía, por lo que lo "ocultaron de forma deliberada".

Ello implicó que un producto nocivo para la salud fuera puesto en el mercado y se causasen daños graves de diversa consideración, "eludiendo todas las obligaciones legales para que los productos alimenticios cumplan los criterios biológicos pertinentes".

Según la Fiscalía, la responsabilidad civil del Ayuntamiento de Sevilla, que deberá asumir las consecuencias de su inacción, responde a su "acción deficiente y tardía".

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