PUBLICADO EL NUEVO REAL DECRETO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LEGIONELOSIS

21 Junio, 2022
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.

Este Real Decreto, que viene a sustituir al anterior del año 2003, contempla los avances y mejoras técnicas, nuevas medidas de gestión del riesgo e innovaciones necesarias para un mayor control de las instalaciones o equipos susceptibles de convertirse en focos de exposición humana a la bacteria.

También se regula las responsabilidades de los titulares de las instalaciones de torres de refrigeración y condensadores evaporativos, de las empresas de servicios externos y de las empresas de servicios que realicen operaciones de prevención y control de legionella 

Por otro lado, se establecen los requisitos de las instalaciones y de la calidad del agua, los planes de control frente a la legionella y las actuaciones de la autoridad sanitaria.

Así, se determina la realización obligatoria, por parte de las personas titulares, de un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL), en el que se incluirán, entre otros, un diagnóstico inicial y descripción detallada de la instalación, así como de los programas de mantenimiento y revisión de instalaciones y equipos, además de documentación y registros que reflejen las actividades y controles establecidos en los programas.

El PPCL podrá ser completado con un Plan Sanitario frente a la Legionella (PSL) de carácter opcional y basado en recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

También se establece que se podrá utilizar cualquiera de los biocidas autorizados y registrados para el tratamiento de las instalaciones.

El Real Decreto también establece los procedimientos para la toma de muestras, su transporte y posterior análisis, así como los requisitos de deberán tener los laboratorios. 

En este sentido, se concede un plazo de dos años, a partir de la entrada en vigor de esta norma, para que los laboratorios acrediten sus métodos de análisis para la determinación de legionella mediante cultivo.

Por último, se establecen las condiciones de formación del personal propio y externo y un régimen sancionador con la graduación de posibles infracciones relacionadas con el propio Real Decreto.  

La norma se aplicará a las instalaciones susceptibles de convertirse en focos de exposición humana a la bacteria durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento, excluyendo las instalaciones ubicadas en edificios dedicados al uso exclusivo de vivienda, siempre que no afecten al ambiente exterior de estos edificios.
 
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