PUBLICADO EL REAL DECRETO 614/2024 QUE MODIFICA EL REAL DECRETO 487/2022 DE PREVENCIÓN DE LA LEGIONELOSIS

03 Julio, 2024
El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy el Real Decreto 614/2024 por el que se modifica el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
 
Según el Ministerio de Sanidad, la actualización, tiene como objetivo principal mejorar la seguridad y claridad en la gestión de las instalaciones que utilizan agua y pueden producir aerosoles, reduciendo así el riesgo de legionelosis para la población.
 
La norma introduce cambios en varios artículos del real decreto original, tales como:

  • Redefinición del concepto de "titular de la instalación", incluyendo no solo a los propietarios, sino también a los explotadores de las instalaciones, garantizando así una mayor seguridad en la responsabilidad del cumplimiento normativo.

  • Revisión del artículo 5 para especificar que, en caso de que la instalación sea operada por una entidad distinta al propietario, la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones recaerá en la persona explotadora, a menos que se pueda demostrar lo contrario documentalmente.

  • Actualización del artículo 11, que ahora exige que la toma de muestras para la determinación de Legionella se realice exclusivamente por entidades o empresas acreditadas según la Norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017. Se concede un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2030 para que las empresas obtengan dicha acreditación.

  • Ampliación de la obligación de la acreditación de la toma de muestras para la determinación de Legionella a los Planes Sanitarios frente a Legionella (PSL).

  • Comunicación de los resultados analíticos sobre Legionella obtenidos de las muestras de agua del sistema de agua sanitaria de los edificios prioritarios definidos en el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, que se notificarán en el Sistema Nacional de Aguas de Consumo (SINAC) según lo dispuesto en el anexo XI de dicho Real Decreto.

  • Modificación del número de muestras a tomar en los sistemas de agua sanitaria de forma que, en establecimientos con alojamientos de personas, los puntos terminales dentro de cada unidad de alojamiento o habitación se podrán contabilizar como uno.

  • Cambios en los tratamientos de limpieza y desinfección de los sistemas de agua climatizada y aerosolización a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire, vasos de piscinas polivalente con este tipo de instalaciones, vasos de piscinas con dispositivos de juego, zonas de juegos de agua, setas, cortinas, cascadas, entre otras permitiendo que, ante la detección de casos o brotes, solo en caso necesario, habrá que vaciar el agua de los vasos, depósitos y de todos los circuitos.
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  • Aclaración de las medidas a tomar para torres de refrigeración y condensadores evaporativos en función de los resultados analíticos de Legionella spp.

  • Revisión trimestral del estado de mantenimiento de los depósitos acumuladores de agua caliente sanitaria, sin que ello implique obligatoriamente realizar la apertura y vaciado de los mismos. 

  • Verificación periódica del funcionamiento de los sistemas físicos frente a Legionella, que no deberán suponer riesgos para la instalación ni para la salud y seguridad de los operarios ni otras personas que puedan estar expuestas. 

  • Redacción nueva del Registro/Certificado de limpieza y desinfección, que en el caso de sistemas de agua sanitaria, deberá adjuntarse un anexo con los niveles de temperatura y desinfectante en los puntos terminales representativos del circuito más alejados de la red, así como los niveles de temperatura de los acumuladores durante todo el proceso, indicando la hora de cada determinación.

  • Disposición transitoria sobre la actualización de Planes y Programas en las que los titulares de las instalaciones actualizar el PPCL o el PSL a lo establecido en el presente real decreto, antes del 1 de julio de 2025.

  • Actualización de la tabla 3 de Frecuencia mínima de muestreo de agua de la instalación. 
 
De ese modo, se pretende cerrar un largo proceso de dos años desde la publicación del Real Decreto 487/2022, jalonado de aclaraciones, correcciones, listado de preguntas frecuentes que han supuesto un importante esfuerzo en la aplicación de la normativa para los todos los sectores implicados.
 
Desde MICROSERVICES, deseamos que las nuevas normativas alcancen su objetivo principal de disminuir el número de casos y brotes de legionelosis en España, cuya tendencia creciente es muy alarmante.
 
Durante 2022, se notificaron 1.992 casos de legionelosis en España, con una tasa de notificación por 100.000 habitantes de 4,11, que supone un aumento del 14,9 % sobre los casos de 2021 y el doble sobre la obtenida en 2014. 
 
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