NUEVA LEY PARA REDUCIR EL DESPERDICIO DE ALIMENTOS EN ESPAÑA

05 Noviembre, 2021
Solo en los hogares españoles, se tiran anualmente a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros por persona en 2020.
 
El objetivo es reducir a la mitad el desperdicio de alimentos, tanto en la venta al por menor y entre los consumidores, como en la cadena de producción y suministro.
 
Normalmente, las causas del despilfarro alimentario están relacionadas con errores en la planificación y calendario de cosecha, empleo de prácticas de producción y manipulación inadecuadas, deficiencia en las condiciones de almacenamiento, malas técnicas de venta al por menor y prácticas de los proveedores de servicios, y comportamiento inapropiado de los consumidores.
 
La Ley establece que todos los agentes de la cadena alimentaria deben contar con un plan de prevención para evitar el desperdicio, y fija una jerarquía de prioridades de obligado cumplimiento como la utilización para la alimentación humana, a través de donaciones a empresas sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.
 
Los alimentos que se donen deberán tener suficiente vida útil para hacer posible su distribución y uso seguro, garantizando la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida.
 
Los alimentos no vendidos pero que estén en condiciones óptimas de consumo deberán ser transformados (zumos, mermelada, etc.).
 
Cuando no sean aptos para el consumo humano, los alimentos deberán ser utilizados como subproductos para la alimentación animal o fabricación de piensos, para la industria, para la obtención de compost de calidad para uso agrario, o para la obtención de biogás u otro tipo de combustible.
 
Los establecimientos de hostelería tendrán que ofrecer la posibilidad de que se lleven, sin coste adicional, lo que no han consumido y deberán disponer de envases aptos reutilizables.
 
Loa centros que ofrezcan catering o servicio de comedor deberán contar también con programas de reducción de las pérdidas.
 
Todos los agentes de la cadena alimentaria deberán informar anualmente de las pérdidas alimentarias, así como del cumplimiento de sus planes de prevención.
 
Los establecimientos de venta al por menor con una superficie nunca inferior a 400 metros cuadrados, deberán fomentar líneas de venta de productos considerados feos, imperfectos o poco estéticos que estén en condiciones óptimas de consumo.
 
Así mismo, deberán incentivar la venta de alimentos de temporada, de proximidad, ecológicos y ambientalmente sostenibles y a granel.