La irradiación de pollo, carne de vacuno y huevos evitaría las toxiinfecciones alimentarias
28 Mayo, 2024
La irradiación es la aplicación de radiaciones ionizantes a los alimentos mediante un proceso físico no térmico, donde los alimentos se exponen brevemente a una fuente de energía radiante que pueden ser rayos gamma, rayos x o electrones acelerados.
Este proceso no constituye un peligro para la salud porque no convierte a un alimento en “radioactivo”, pero debe llevarse a cabo en instalaciones autorizadas, con unas determinadas fuentes de radiaciones ionizantes y con una dosis total media igual o inferior a 10 KGy.
La irradiación de alimentos se ha estudiado en todo el mundo durante décadas y se ha demostrado como un medio seguro y eficaz de reducir los patógenos causantes de enfermedades transmitidas por los alimentos.
Se trata de una estrategia eficaz para reducir los brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos, porque elimina una gran proporción de microorganismos patógenos. No obstante, su efecto depende de la temperatura y el contenido de agua y además los alimentos pueden contaminarse tras la irradiación.
La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA) ha aprobado la irradiación de diversos alimentos, como carnes, aves de corral, huevos frescos con cáscara y especias. Sin embargo, la irradiación no se ha adoptado de forma generalizada debido a los elevados costes y a la percepción de que los consumidores no están dispuestos a comprar alimentos irradiados.
Se ha publicado un estudio que recoge los brotes de toxinfecciones alimentarias entre 2009-2020 en USA y su relación con alimentos que hubiesen sido candidatos para irradiar como medida de prevención. Se buscaron los brotes notificados con fecha de aparición del primer caso durante 2009-2020 y siendo el patógeno confirmado Campylobacter, Salmonella, E. coli, o Listeria monocytogenes.
En total, se identificaron 2.153 brotes alimentarios y, de ellos, 482 (22,4%) incluían información sobre los métodos de procesado, aunque ninguno incluía la irradiación.
De los 482 brotes, 155 (32,2%) con 3.512 enfermos, 463 hospitalizaciones y 10 muertes estaban relacionados con un alimento apto para la irradiación. Las fuentes de infección más comunes fueron el pollo (52 brotes), la carne de vacuno (31) y los huevos (29), que constituyeron el 72% (112/155) de los brotes relacionados con alimentos aptos para la irradiación.
El estudio establece que las enfermedades, hospitalizaciones y muertes asociadas a brotes relacionados con alimentos aptos para la irradiación podrían haberse evitado o reducido con este método de desinfección. Como conclusión, los autores afirman que la irradiación puede ser una herramienta útil para mejorar la seguridad alimentaria complementaria a las prácticas de seguridad alimentaria existentes.
La irradiación de alimentos en España.
Conforme a la Directiva 1999/2/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre alimentos e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes, la irradiación de productos alimenticios solo podrá autorizarse cuando:
· esté justificada y sea necesaria desde el punto de vista tecnológico;
· no presente peligro para la salud y se lleve a cabo de acuerdo con las condiciones propuestas;
· sea beneficiosa para el consumidor;
· no se utilice como sustituto de medidas de higiene y medidas sanitarias ni de buenas prácticas de fabricación o agrícolas.
Y sólo se puede utilizar para los siguientes fines:
· reducir la incidencia de enfermedades de transmisión alimentaria mediante la destrucción de los organismos patógenos
· disminuir el deterioro de los productos alimenticios, frenando o deteniendo el proceso de descomposición y destruyendo los organismos responsables de dicho proceso;
· frenar el desperdicio alimentario debido a procesos de maduración prematura, germinación o aparición de brotes;
· eliminar los organismos nocivos para las plantas y los productos vegetales.
La Directiva 1999/3/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al establecimiento de una lista comunitaria de alimentos e ingredientes alimentarios autorizados para el tratamiento con radiaciones ionizantes, establece una única categoría de ingredientes que pueden irradiarse en toda la Unión Europea: las hierbas aromáticas, especias y condimentos vegetales (secos).
En España, el Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes, solo permite el tratamiento de hierbas aromáticas, especias y condimentos vegetales (secos).
La irradiación debe realizarse en establecimientos autorizados, tanto si se encuentran en la UE como si están en países terceros desde los que se importan los alimentos. En España actualmente hay autorizados dos establecimientos.
Sin embargo, por el principio de reconocimiento mutuo, es posible encontrar en el mercado español productos procedentes de otros países comunitarios en donde estén autorizados otras categorías de alimentos siempre y cuando vayan convenientemente etiquetados.
Todos los alimentos irradiados deben etiquetarse, incluso aquellos que contienen sólo una pequeña cantidad de productos irradiados, de manera que figure la mención “irradiado” o “tratado con radiación ionizante” en el envase individual o en un cartel o letrero en el caso de alimentos vendidos a granel.
Descarga el estudio