En hoteles y alojamientos, recomendamos un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL)

13 Enero, 2024
El día 2 de enero de 2024 ha entrado en vigor la práctica totalidad del Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis. Desde esta fecha, los titulares de las instalaciones de riesgo deben establecer los programas de mantenimiento mediante un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL) o un Plan Sanitario frente a la Legionella (PSL).

Actualmente, el Ministerio de Sanidad está tramitando un nuevo real decreto que modificará algunos puntos del RD 487/2022, pero no se espera que se apruebe hasta finales del primer trimestre del año 2024, lo que está generando una situación de incertidumbre que afecta a todos los sectores implicados. 

AUMENTO IMPORTANTE DE LOS CASOS DE LEGIONELOSIS EN ESPAÑA.

Desde los años 80, en España y en la Comunitat Valenciana, los casos de Enfermedad del Legionario y, especialmente los asociados al turismo y los hoteles han ofrecido una fatídica historia de brotes continuados. Esta situación ha causado y sigue causando numerosos enfermos y fallecidos e importantes perjuicios económicos por pérdida de la actividad y de la imagen de la oferta turística.

De forma inteligente, la industria turística invirtió entonces una importante cantidad de recursos económicos en reformas y planes para prevenir esta enfermedad, incluso antes de que fueran exigidos por alguna norma o real decreto.

En la actualidad, lejos de haber desaparecido el problema, la declaración de casos de legionelosis en la Comunidad Valenciana y España presenta una alarmante tendencia creciente.

Según la Conselleria de Sanidad, en 2023, se habrán declarado más de 250 enfermos, el doble que hace 10 años, cuando en 2013 la cifra fue de 125. Lo mismo sucede cuando revisamos las cifras en todo el territorio español, donde los casos también se han duplicado en los últimos 10 años y han pasado de 905 a 1.959 casos. En los gráficos situados al final de la publicación se observa este importante ascenso.

Ante esta situación, desde nuestro punto de vista, hay cuestiones clave que deben tenerse en cuenta en la toma de decisiones para elegir entre un PPCL o un PSL:

1.   RESPALDO LEGAL DEL PPCL. 

El PPCL tiene un soporte legal establecido en el Real Decreto 487/2022 y no depende únicamente de la decisión del titular de la instalación y/o del responsable técnico de aplicar un PSL con menos analíticas y tareas de mantenimiento. En caso de una reclamación judicial o indemnización, la validez legal de este PSL puede ser escasa, puesto que se trata de un documento basado en la reducción de costes para la prevención de la enfermedad.

Cabe pensar que un tribunal que debiera juzgar estas situaciones se sentirá más acorde con unas normas escritas “negro sobre blanco” en un Real Decreto que, en las apreciaciones, muchas veces subjetivas y parciales, de “un traje a medida”, planteado quizás sólo con el objetivo de reducir costes económicos en la prevención de la enfermedad.

2.   IMPORTANCIA DEL RESPONSABLE TÉCNICO.

Según el Real Decreto 487/2022, el responsable técnico del PPCL o del PSL tiene la responsabilidad de la elaboración, desarrollo, implantación y evaluación del Plan, así́ como, proponer las medidas correctoras correspondientes. Dicho Responsable debe contar con la formación y los conocimientos suficientes en prevención y control de Legionella para desempeñar estas tareas.

Encargar esta tarea a una persona del propio del establecimiento que no disponga de esta formación técnica no puede ser lo más adecuado pues su falta de conocimiento especializado va a influir negativamente en las posibilidades de éxito del Plan y además va a adquirir una responsabilidad legal que quizás no le corresponda.

Esta persona, por tanto, es difícil que pueda ser un empleado propio del establecimiento, aunque sea su Jefe de mantenimiento o de Servicios Técnicos. Solamente un responsable técnico de una empresa externa con una dedicación profesional permanente, una constante actualización de conocimientos científicos y respaldado por esa empresa de tratamientos que cuente con todas las autorizaciones administrativas y legales y las certificaciones de calidad, puede asegurar el éxito del cualquier Plan.

3.   CUMPLIR CON LAS EXIGENCIAS DE TOUR OPERADORES.

Si bien es cierto que el PPCL tiene unas exigencias más elevadas que el anterior Real Decreto 865/2003 en cuanto a analíticas del agua y tareas de mantenimiento, contempla perfectamente todo lo establecido en las Guías internacionales y especialmente las que siguen los Tour operadores británicos y alemanes.

Por ello, no estimamos conveniente establecer un Plan que no cumpla con los requisitos exigidos por los Tour operadores, por los consecuentes perjuicios que puedan surgir en las contrataciones o en las revisiones de seguridad y salud de los establecimientos por sus propios inspectores.

4.   COSTE RELATIVO.

Si bien consideramos que el número de analíticas, parámetros y frecuencia de muestreo es demasiado elevado según el Real Decreto 487/2022, sabemos que el coste de estas analíticas no es desorbitado respecto al montante total de los gastos que debe afrontar un hotel o un establecimiento en su actividad cotidiana. Exponerse al riesgo de un brote de legionelosis por escatimar unos euros, puede suponer un importante varapalo para la actividad económica del establecimiento e incluso verse inmerso en responsabilidades penales para la propiedad o de la dirección.

5.   INCERTIDUMBRE LEGAL ACTUAL.

En la actualidad, hay una gran incertidumbre sobre la aplicación del Real Decreto 487/2022 debido a la falta de publicación del nuevo Real Decreto de modificación y de otras actuaciones del Ministerio de Sanidad. El PPCL está bien desarrollado en el RD 487/2022, pero, en cambio, respecto al PSL hay una serie de dudas e imprecisiones legales que pueden poner en riesgo el éxito de la prevención y la cobertura legal si aparece un brote de legionelosis.

6.   EJEMPLOS EN ZONAS TURÍSTICAS.

Siendo las Islas Baleares una de las Comunidades Autónomas de mayor industria hotelera e impacto turístico en su economía, sus autoridades sanitarias han publicado una Guía para la elaboración de un plan de prevención y control de la legionelosis (PPCL) en instalaciones y no ha elaborado ningún documento sobre la implantación del PSL. El objetivo de esta Guía es orientar a las personas titulares de una instalación o un edificio de riesgo a cumplir lo dispuesto en el RD 487/2022 mediante la implantación de un PPCL y, además, apoyar a las personas responsables técnicas en su elaboración, implantación y evaluación.

En las Islas Baleares, conscientes de su importancia, la Guía establece que hay que destacar la figura de la persona responsable técnica de la instalación de riesgo, que para poder llevar a cabo estas tareas, debe tener formación sobre la biología y la ecología de la bacteria, la gestión de los planes de autocontrol para reducir el riesgo de proliferación y dispersión de la legionela en las instalaciones o establecimientos y el funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones de las que es responsable.
 
De ese modo, cabe observar el ejemplo de la Comunidad Autónoma de Baleares por su importancia turística e implantación hotelera donde parece inclinarse preferentemente por la aplicación del PPCL y resalta el papel fundamental de la formación y conocimientos del Responsable Técnico.

7.   SITUACIÓN EN CENTROS SANITARIOS, GERIÁTRICOS Y CENTROS PENITENCIARIOS.

El Real Decreto establece que en las instalaciones, locales, centros o edificios prioritarios como centros sanitarios, sociosanitarios y penitenciarios, se deberá́ implantar preferiblemente un PSL. Obviamente este texto no supone ninguna obligación legal, sino una recomendación. Por ello y por ahora, siendo centros con personas de especial vulnerabilidad para adquirir Legionella (edad avanzada, enfermedades crónicas, inmunidad disminuida, fumadores, …) no sería congruente establecer un PSL con el objetivo de reducir costes y mantenimientos, a expensas de correr con un mayor riesgo de casos y brotes de legionelosis.
 
Por todo ello, nuestra recomendación es que actualmente en las instalaciones con riesgo de proliferación y dispersión de Legionella, y especialmente en hoteles y alojamientos turísticos, se implante inicialmente un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL), que está perfectamente descrito en el Real Decreto 487/2022 y que da un soporte legal a todas las actuaciones de prevención y control de Legionella.

Además, dicho PPCL debería ser elaborado por un Responsable Técnico que dependa de una Empresa registrada y autorizada para la Prevención y Control de Legionella.

Carlos González Alvado. Director Técnico.

Juan Ángel Ferrer Azcona. Área de Prevención de Legionella.