Documentos sobre sanidad ambiental para la gestión de la sequía en Cataluña
20 Abril, 2024
A raíz de la situación actual de sequía, la Generalitat de Catalunya está activando medidas orientadas a garantizar el abastecimiento de agua para consumo humano, como son la recuperación de pozos en desuso o la producción de agua a partir de nuevas captaciones y su uso agua regenerada para los usos que sea posible.
Asimismo, en determinados escenarios de sequía se establecen medidas de ahorro como las relacionadas con el cierre de fuentes ornamentales, sistemas de riego, llenado de piscinas y uso de duchas de instalaciones deportivas y de playas, que son instaladas de riesgo de propagación de la legionela.
Con el fin de facilitar las actuaciones, la Agencia de Salud Pública de Cataluña ha publicado diferentes documentos para informar sobre los aspectos más importantes para tener en cuenta desde el punto de vista de la sanidad ambiental.
Agua potable.
De acuerdo con el Real Decreto 3/2023, las nuevas concesiones de agua destinadas a consumo que otorga la administración hidráulica requieren un informe previo de las autoridades sanitarias. El documento recoge la información necesaria para que se emita este informe sanitario.
Reutilización de aguas regeneradas.
El uso de agua regenerada es importante para liberar recursos destinados a agua de consumo humano y en el marco global de la economía circular del agua. El Real Decreto 1620/2007, de la reutilización de las aguas depuradas, indica la calidad que debe alcanzar el agua para diferentes usos previstos, así como unas frecuencias de control analítico en el punto de entrega. El documento recoge los criterios sanitarios generales en la reutilización de aguas regeneradas para los principales usos municipales.
Piscinas.
- Para optimizar el uso de los recursos hídricos y velar por un uso racional del agua, se recomienda limitar el vaciado de los vasos de las piscinas a aquellos casos en que sea estrictamente necesario en función de las condiciones sanitarias de la instalación y el resultado de los controles analíticos del agua.
- De acuerdo con el Decreto autonómico 95/2000, de 22 de febrero, de las piscinas de uso público, el agua de aprovisionamiento de las piscinas debe proceder, preferentemente, de una red de distribución pública, pero se pueden utilizar aguas de otros orígenes con características sanitarias equivalentes y autorizado por el ayuntamiento correspondiente.
- No está permitido el uso de agua regenerada para el llenado de los vasos de las piscinas.
- El agua de recirculación de cada vaso debe estar, al menos, filtrada y desinfectada antes de entrar en el vaso, al igual que el agua de alimentación si no procede de la red de distribución pública.
- Si se quiere llenar una piscina con agua de mar es necesario tener presentes los aspectos técnicos y constructivos para su buen funcionamiento y conservación para evitar su degradación y la de su equipamiento. Además, son necesarios diferentes permisos para no afectar a las instalaciones del alcantarillado y depuración de aguas residuales, entre otros.
Prevención de la legionelosis.
La publicación prevista de un nuevo Real Decreto que varía el Real Decreto 487/2022, prevé modificar la periodicidad de la revisión, limpieza y desinfección de acumuladores de agua sanitaria, indicando que dicha revisión debe llevarse a cabo trimestralmente sin que implique obligatoriamente la apertura y achique de los acumuladores. Asimismo, prevé flexibilizar el vaciado en las limpiezas y desinfecciones de los sistemas de agua climatizada como jacuzzis y spas, vasos de piscinas con dispositivos de juego, zonas de juegos de agua, fuentes de seta, cortinas, cascadas.
- Se considera oportuno que se apliquen las medidas de flexibilización que prevé la modificación, y que se proceda al vaciado y rellenado de las instalaciones sólo cuando se considere necesario en función de las condiciones sanitarias de la instalación. Sin embargo, es necesario cumplir el resto de los requisitos previstos en la normativa vigente, mantener la temperatura en los rangos que establece esta normativa y realizar las purgas que sea necesario.
- Ante el posible paro de fuentes ornamentales, riegos, duchas en instalaciones deportivas u otras instalaciones en determinados estados de sequía, es necesario tener en cuenta algunas consideraciones en estas situaciones para evitar que se puedan producir casos de legionelosis en la reapertura de estas instalaciones.
Mas información y descarga de los documentos en ASPCAT